1. Escoja y reserve su nombre
El comerciante que
quiera inscribir su Establecimiento de Comercio, debe tener en cuenta que no
pueden existir dos Establecimientos de igual objeto social con el mismo nombre.
Por ello, vaya
previamente a la Cámara de Comercio de la ciudad donde se domiciliará y
consulte el nombre que le quiere poner al Establecimiento. Recomendación: no
olvide tener plan b, plan c y hasta plan d, por si los varios nombres que tiene
en mente ya están registrados.
Pero no olvide: “Primero
en el tiempo, primero en el Derecho”. Esto quiere decir que si el
comerciante consulta el día lunes un nombre que quiera utilizar, pero se
inscribe el día miércoles, pero el martes previo otro comerciante se inscribió
primero con ese mismo nombre, este último se le adelantó y le tocará buscarse
otro nombre.
2. Seleccione el mejor tipo de Sociedad
Comercial
Son varias y todas
con diferentes requisitos y responsabilidades legales, por
ello, previamente consulte con un Abogado Comercialista cual se ajusta al
perfil y las necesidades comerciales.
Entre las
sociedades comerciales existentes están las siguientes:
- Sociedades de Responsabilidad Limitada –Ltda.
- Sociedades Anónimas – S.A.
- Sociedades Colectivas.
- Sociedades en Comandita.
- Sociedades de Economía Mixta.
- Sociedades Extranjeras.
- Sociedades de Hecho.
- Empresas Unipersonales.
- Empresas Asociativas de Trabajo.
3. Elabore una Minuta de
Constitución firmada ante Notario
Previo a la inscripción
en Cámara de Comercio, se debe elaborar una minuta donde todos los nuevos
socios deberán expresar su consentimiento para la constitución de una nueva
empresa.
Según el número de
socios, no todos deben ir a firmarla ante Notario, basta que todos firmen
la Minuta de Constitución y se presenten ante el Notario las personas
que actuaron como Presidente y Secretario de dicha Asamblea de Constitución.
Si en la misma
Asamblea constitutiva, se nombra Representante Legal y Revisor Fiscal y estos
aceptan, deberán firmar también ante Notario, para posteriormente inscribir la
Minuta Constitutiva ante la Cámara de Comercio.
4. No olvidar otros requisitos
Por interés
personal y por salvaguardar los intereses de terceros, se deben registrar otros
documentos como Actas Complementarias o Aclaratorias de la Asamblea
Constitutiva, Libros Contables, etc.
5. No olvide los compromisos Fiscales que va
a adquirir.
Muchos olvidan que
no sólo se trata de producir y vender, sino también pagarle al Estado por su
actividad comercial. Estas son las siguientes obligaciones fiscales que se
deben tener en cuenta:
- · Impuesto sobre la Renta y Complementarios.
- · Impuesto de Valor Agregado IVA.
- · Retención en la Fuente.
- · Impuesto de Industria y Comercio.
- · Impuesto de Timbre.
6. Ojo con el compromiso con los trabajadores
y el Estado Social.
Cuando el
comerciante vincula a sus actividades, aunque sea un solo trabajador, afílielo
a Seguridad Social (Salud, Pensión y ARP), evítese un dolor de cabeza que le
puede costar cientos de millones de pesos.
Y nunca olvide que
ser empleador, también tiene la obligación social de aportar a Parafiscales
(Sena, Icbf y Caja de Compensación).
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